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Lunes, Noviembre 25, 2024
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CORTE DE COYHAIQUE ORDENA A MUNICIPALIDAD DE LAGO VERDE REINTEGRAR A FUNCIONARIA A CONTRATA

La Corte de Apelaciones de Coyhaique acogió un recurso de protección y ordenó a la Municipalidad de Lago Verde dejar sin efecto la no renovación de nombramiento a contrata y el reintegro en sus labores de funcionaria como delegada municipal en la localidad de Villa Amengual, labor que cumple hace más de cinco años, generando un vínculo indefinido por el tiempo transcurrido.

En fallo unánime (causa rol 2.368-2022), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros José Ignacio Mora Trujillo, Natalia Rencoret Oliva y la abogada (i) Paola Aguilar Gallardo- acogió la acción cautelar tras establecer el actuar arbitrario e injustificado de la recurrida.“(…) la controversia se reduce a la fundamentación del acto administrativo de desvinculación, dado que la recurrente sostiene que carece de una debida motivación y justificación, por cuanto no contiene argumento alguno que permita una debida inteligencia del proceder del Municipio; lo que hace que la decisión de poner término a su contratación, deba necesariamente ser dejada sin efecto; alegación ésta que es contradicha por la recurrida”, sostiene el fallo.

La resolución agrega que: “(…) efectivamente, la Excelentísima Corte Suprema, con el objeto de asentar un criterio unificador, ha establecido que, el principio de confianza legítima opera después de cinco años, plazo éste que se estima prudente para que la Administración evalúe íntegramente no sólo el desempeño del funcionario sino que, además, estudie la necesidad de seguir contando con el cargo que sirve la persona (…)”.

“Que asentado el primer aspecto, tal como se consignó en el motivo Séptimo, es un hecho de la causa que, la recurrente prestó servicios en la Municipalidad de Lago Verde desde el día 01 de enero de 2018 hasta el día 31 de diciembre de 2022, sumando un total de cinco años, generando una expectativa legítima de que será prorrogada o renovada, de modo que, el vínculo que surge entre las partes se torna indefinido por la confianza legítima que surge”, añade.

Por tanto, se resuelve que: “SE ACOGE, sin costas, el recurso de protección deducido por Irma Bahamonde Cortez, en contra de la Municipalidad de Lago Verde, representada legalmente por su Alcalde, Nelson Fredy Opazo López y en consecuencia, se deja sin efecto el Ordinario Administrativo N° 613 de fecha 25 de noviembre de 2022, mediante la cual la recurrida dispuso no renovar para el periodo 2023, su contrata; como asimismo se ordena el reintegro inmediato a sus funciones y el pago de las remuneraciones devengadas durante el tiempo que la recurrente ha estado separado de su cargo hasta su efectiva reincorporación, debiendo la recurrida disponer la inmediata renovación de sus servicios por todo el año 2023, conforme a derecho”.

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